El artículo 11 de dicho RD, establece que «en los procesos electorales cuya gestión sea competencia de la Administración General del Estado y se constate la ausencia de transporte público accesible al local electoral, la Administración General del Estado proporcionará medios de transporte gratuitos adecuados para las personas con discapacidad motriz que lo soliciten, siempre y cuando existan disponibilidades presupuestarias.»
Por ello, se adjunta, a continuación del presente texto documento modelo
para solicitar por escrito dicho servicio.